REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE EJECUCIÓN LOS TEQUES
Los Teques, 28 de Noviembre de 2003
193° y 144°
ACTUACIONES Nro. 2E-2789-03
JUEZA: AURA ELENA GUZMAN DIAZ
SECRETARIA: CELINA CONTRERAS
IDENTIFICACION DE LAS PARTES:
° PENADO: MADRID MORA JUAN ALEXANDER, titular de la cédula de identidad Nro. V. 14.058.327
° DEFENSA: RAQUEL MORILLO, Defensora Pública Penal
° MINISTERIO PUBLICO: Dr. IBRAHIN ZARRAGA, Fiscal 10° del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con Competencia en Régimen Penitenciario y Ejecución de Sentencias.
Visto que en visita carcelaria conjunta efectuada con los Jueces de Ejecución Primero, Tercero y Cuarto de este Circuito Judicial Penal y Sede, respectivamente, en fecha 25 de noviembre de 2003, levante el acta Nro. 97 insertada en el Libro correspondiente del Tribunal, mediante la cual se dejó constancia acerca del estado de salud que actualmente presenta el penado JUAN ALEXANDER MADRID MORA, según diagnóstico realizado por el Dr. JOSE GOMEZ, médico adscrito al Internado Judicial de Los Teques.
Este Tribunal para decidir previamente observa:
El penado encontrándose en la celda 2 del Pabellón 3 del Internado Judicial de Los Teques sufrió lesiones producidas por arma de fuego del tipo “chopo” que ameritaron su traslado hacia el Hospital “Victorino Santaella”, conforme se desprende de informe anexo al expediente contentivo de la causa, lo cual posteriormente evidenció esta Juzgadora en visita hospitalaria, a cuyo efecto se levantó acta N° 28, asentada en el Libro de Actas.
En tal sentido, se libró el Oficio Nro. 749 de fecha 11 de NOVIEMBRE DEL 2003 DIRIGIDO AL Jefe de la Medicatura Forense del Estado Miranda, Dr. BORIS BOSSIO BARCELO, se ordenó la práctica de una evaluación medico Legal (folio 107, pieza II)
En el reconocimiento médico-legal ordenado y practicado se informa lo siguiente:”Paciente visitado en observación de adultos, presentando: herida por arma de fuego, con orificio de entrada en pómulo izquierdo que se abotona en párpado inferior homolateral. Herida proyectil arma de fuego en N° de 4 con orificio de entrada en hipograstrio, los cuales se abotonan 2 en hipograstrio, 1 en región periumbilical y una en hipocondrio izquierda. Presenta 2 heridas de aproximadamente 10 cms. de diámetro con pérdida de sustancia de cara anterior 1/3 medio con proximal al muslo derecho. Las heridas de proyectil arma de fuego son a próximo contacto y proyectil múltiple”. Además se señala que las LESIONES SON CARÁCTER GRAVE.
Al penado se le dio de alta con administración de tratamiento y curas. En fecha 25 de noviembre de 2003, se le ordenó al médico José Gómez que evaluara al penado, quién por los hallazgos estimó su traslado al Hospital Victorino Santaella para que se le practique una cirugía menor en la región “ malar izquierda” para la extracción de cuerpo extraño y recomendó mantener el tratamiento y medidas preventivas para las lesiones en el muslo derecho caracterizado por pérdida de sustancia (herida expuesta).
Observa esta Juzgadora que en el caso de marras existe la comisión de un delito de acción pública cometido en perjuicio del penado JUAN ALEXANDAER MADRID MORA, siendo lo procedente y ajustado a Derecho, oficiar al Fiscal Superior del Ministerio Público de esta
Circunscripción Judicial y sede, DR. ATILANO MENDOZA, a objeto de la apertura de la investigación penal, anexándosele los elementos de convicción que cursan a los autos, los cuales se remitirán en original, previa su certificación a los autos del expediente del ut supra mencionado. Por otra parte se ordena oficiar al Director del Internado Judicial de Los Teques para que realice el traslado del penado, con las seguridades del caso, hacia el Hospital Victorino Santaella, Servicio de Cirugía, para la intervención quirúrgica requerida. ASI SE DECLARA.-
DECISION
Por lo precedentemente expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley emite el pronunciamiento siguiente: PRIMERO: Se ordena oficiar a la Fiscalía Superior a objeto de la apertura de la correspondiente investigación por el hecho punible ocurrido en el Internado Judicial en perjuicio del penado JUAN ALEXANDER MADRID MORA. SEGUNDO: Se ordena el traslado del penado al Hospital Victorino Santaella, a objeto de que sea practicado una CIRUGIA MENOR en región MALAR IZQUIERDA, para la EXTRACCION DE CUERPO EXTRAÑO, por recomendación del Dr. José Gómez, médico del Internado Judicial de Los Teques.
Regístrese, Publíquese, Ofíciese. Déjese copia. CUMPLASE.
LA JUEZA,
AURA ELENA GUZMAN DIAZ
LA SECRETARIA.
CELINA CONTRERAS
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto precedente.
LA SECRETARIA
CELINA CONTRERAS
AEGD/CC/marysami
Act. Nro. 2E-2789-03