REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA-
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA
EXTENSIÓN BARLOVENTO
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL
Guarenas, 20 de Noviembre de 2.003
En esta misma fecha el titular del Ejercicio de la Acción Penal 4° Auxiliar del Ministerio Público, DRA. THAIS MARÍA BERMUDEZ, de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, presento en audiencia para oír a los imputados: SIMANCAS JAIMES JESUS, de Nacionalidad Venezolana, de veinte y Siete años de Edad y Titular de la Cedula de Identidad N° V- 12.298.483, por el delito de OCULTACIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el articulo 34 de La Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, y SIMANCAS JAIMES YOLIMAR, de Nacionalidad Venezolana de veinte cinco años de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° 13.692.429, por los delitos de: RESISTENCIA Y DESOBEDIENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en los artículos 219, en concordancia con el 485, del Código Penal Venezolano, asistido de su Defensa Técnica, la Defensora Pública: DRA. NORAH CAROLINA HERNANDEZ; Solicitando la representación fiscal para el primer imputado la Medida Privativa Judicial Preventiva de Libertad y proseguir la presente causa por el procedimiento Ordinario, y para la segunda Medida Cautelar Sustitutiva, en particular Caución Económica.
Oídas todas las partes este Tribunal pasa a valorar los siguientes elementos de Convicción:
1- Acta Policial de fecha Diecinueve de Diciembre del dos mil tres (19-12-03), Suscrita por el Agente: FRANKLIN GIMENEZ, Adscrito a la Brigada de investigaciones de la Policía del Estado Miranda, de la cual entre otras cosas se desprende lo siguiente:
… “ donde residen los ciudadanos conocidos como “Cabezón y el Dientón” , una vez en la adyacencias del lugar, específicamente en la entrada del pasillo del piso número dos … correspondiendo dichas características al ciudadano conocido como el Dientón, motivo por el cual procedimos previa identificación… logrando observar a una persona de sexo Femenino, salir del apartamento… vociferando palabras obscenas… había arrojado un objeto una vez en el lugar observamos el mismo un (01) envoltorio de material sintético color verde, provisto de treinta y cuatro (34), envoltorios de papel aluminio contentivos cada uno en su interior de una sustancia compacta de presunta Droga”… (Folio 03).
2- Declaración sin Juramento alguno y previo conocimiento de sus derechos y garantías procesales, asistida de su defensora Pública Penal, por parte de la imputada: SIMANCAS JAIMES YOLIMAR, quien entre otras cosas expuso:
… “ como le dicen a sus hermanos. CONTESTO: El Cabezón y el Dientón. que conocimiento tiene que sus hermanos están incurso en la Distribución de Crack. CONTESTO: … juan carlos y Jesús distribuyen droga, yo trabajo en el día y en la noche no me la pasó allí”… (Folio 8).
Este Tribunal considera que se encuentran llenos los extremos del artículo, 250, Ordinales 1, 2 y 3, 251 Ordinales 2 y 3, y 252, Ordinales 1 y 2 del texto adjetivo, ya que, estamos ante un hecho punible que merece pena privativa de libertad y además de no estar evidentemente prescrita la acción penal; en otro Orden de ideas existen fundados elementos de convicción en contra del imputado: SIMANCAS JAIMES JESUS, y una presunción razonable, en la circunstancia que se nos presenta por la gravedad del delito del peligro de fuga y obstaculización de la investigación. Este Tribunal considera que hay pluralidad de elementos de convicción en contra del imputado: SIMANCAS JAIMES JESUS, en la perpetración del delito de: DISTRIBUCIÓN DE ESTUPEFACIENTES, en cuanto a la imputada: SIMANCAS JAIMES YOLIMAR, el Tribunal considera que se evidencia que en Audiencia Oral, que la misma reacciona al ver que personas vestida de Civil (Funcionarios Policiales), someten a su hermano, el hoy aquí también imputado, y como corresponde naturalmente reacciona en Defensa del mismo, todo ello sin contar la colaboración en el esclarecimiento de este hecho que a prestado la misma mediante declaración, por lo que finalmente se considera apartarse de la solicitud Fiscal en relación a esta imputada.
DISPOSITIVA
Con fundamento en todo lo anteriormente expuesto, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA, EXTENSIÓN BARLOVENTO CON SEDE EN GUARENAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA:
1- Acoge la solicitud Fiscal en relación a proseguir la presente investigación por el Procedimiento Ordinario pautado en el artículo 280 y siguientes del texto adjetivo.
2- En relación al ciudadano: SIMANCAS JAIMES JESUS ANTONIO, de Nacionalidad Venezolana, de veinte y Siete años de Edad y Titular de la Cedula de Identidad N° V- 12.298.483 se aparta por la precalificación Jurídica Solicitada por la Fiscal del Ministerio Público de OCULTACIÖN DE , y bien precalifica el Delito de DISTRIBUCION DE SUSTANCIAS DE ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, establecido en el artículo 34 de la LEY ORGANICA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS.
3- Acoge la solicitud del Ministerio Público, en relación al artículo 250 del texto Adjetivo, por lo que decreta Privativa Judicial Preventiva de Libertad del mencionado ciudadano, por considerar estar llenos los extremos del artículo 250 Ordinales 1,2 y 3, 251, Ordinales 2 y 3, y 252, Ordinales 1 y 2.
4- Se ordena como sitio de Reclusión el Internado Judicial Capital El Rodeo II.
5- En relación a la ciudadana: SIMANCAS JAIMES YOLIMAR, de Nacionalidad Venezolana de veinte cinco años de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° 13.692.429, este Tribunal, se aparta de la precalificación solicitada por el ministerio Público, y ordena la libertad de la misma.Y ASI SE DECIDE.
JORGE LUIS GAVIRIA LINARES
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL
JHOSSEBERDRODRIGUEZ
LA SECRETARIA
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.-
JHOSSEBERDRODRIGUEZ
LA SECRETARIA
ACT. 2C 19489-03
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