REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY

Este Tribunal de Control, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley: Oída la exposición de las partes, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda – Extensión Valles del Tuy, con sede en Ocumare del Tuy, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Acoge la solicitud del Fiscal y de la defensa en cuanto a la prosecución del hecho por la via del procedimiento ordinario de conformidad con el Artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Asimismo en virtud de lo expuesto por la ciudadana LISBELITH PINO lo procedente es decretar la libertad plena del imputado JOSE ANTONIO CALDERON GIL, de Nacionalidad venezolano , residenciado (s) La Parcela de Cartanal casa numero 01 Sata Teresa del Tuy Estado Miranda , nacido (s) en fecha01-08-1.66 edad 27 , de profesión u oficio :armador de bloque , de Estado Civil : soltero y titular (es) de la (s) cédula (s) de identidad Nro.14.154.812 , debido a que la prenombrada ciudadana en sala, afirma que el imputado no es la persona que cometió el hecho denunciado y que es cliente de su casa . Se cierra el acta siendo las 05:42 horas de la tarde. Se acuerda remitir las presentes actuaciones a la fiscalía actuante. Las partes presentes quedan notificadas del presente pronunciamiento de conformidad con el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal. Es todo, termino, se leyó y conformes firman las partes presente.
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL

DR. ZINNIA BRICEÑO MONASTERIO