REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY

Este Tribunal SEGUNDO de Control, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley: PRIMERO: Acoge la solicitud del Fiscal y de la defensa en cuanto a la prosecución del hecho por la via del procedimiento ordinario de conformidad con el Artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal ya que existen diligencias por practicar en los hechos que se investigan SEGUNDO: Asimismo se evidencia de las actas que nos encontramos frente a la comision de un hecho punible cuya accion no se encuentra evidentemente prescrita , dada la pena que llegase a imponer. Igualmente comparte la precalificación fiscal conforme al delito previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal por considerar de que las actas que conforman el expediente no surge la configuración de la figura delictiva lo procedente pero tomando en consideracion el daño causado puede ser razonablemente satisfecha con la imposición de la medida cautelar sustitutiva de libertad al investigado MANUEL ANTONIO PEREZ BASTARDO, de Nacionalidad venezolano, residenciado (s) Sector el Mume Manzana I casa #1-8 Cua Estado Miranda , nacido (s) en fecha 20-07-1.974, edad, 29 años, de profesión u oficio vigilante , de estado civil solteroy titular de la (s) cédula de identidad Nro. 12.657.655,de Padres: JERONIMO PEREZ (V) Y CARMELINA BASTARDO (V).de conformidad con el articulo 256 ordinal 3 del Código Orgánico Procesal Penal esto es la presentación cada treinta (30) por seis meses ante la Oficina de Alguacilazgo, estamos en presencia de un delito de ROBO LEVE en modalidad de ARREBATON del articulo 458 del Código Penal . Se ordena librar boleta de excarcelación del ciudadano : MANUEL ANTONIO PEREZ BASTARDO, de Nacionalidad venezolano, residenciado (s) Sector el Mume Manzana I casa #1-8 Cua Estado Miranda , nacido (s) en fecha 20-07-1.974, edad, 29 años, de profesión u oficio vigilante , de estado civil solteroy titular de la (s) cédula de identidad Nro. 12.657.655,de Padres: JERONIMO PEREZ (V) Y CARMELINA BASTARDO (V).. Se cierra el acta siendo las 01:02 horas de la tarde. Las partes presentes quedan notificadas del presente pronunciamiento de conformidad con el articulo 175 del Código Orgánico Procesal Penal. Es todo, termino, se leyó y conformes firman las partes presente.
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL

DRA. ZINNIA BRICEÑO MONASTERIO