REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO EXTENSIÓN VALLES DE TUY

Por todo lo antes expuesto, este JUZGADO PRIMERO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA, EXTENSION VALLES DEL TUY, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide:

PRIMERO: SE REVISA LA MEDIDA CAUTELAR DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, impuesta por el Tribunal Quinto de Control de este mismo Circuito Judicial Penal y Extensión, en fecha 7 de Septiembre del 2.002, la cual fue ratificada en fecha 30 de Septiembre de 2003, en la oportunidad de celebrarse la Audiencia Preliminar; al acusado: REINER COROMOTO BECERRA BERNARD, venezolano, mayor de edad, nacido el día 11 de Septiembre 1980, de 23 años de edad, domiciliado en la Urbanización Gran Mariscal de ayacucho, Sector 01, Vereda 03, Casa N° 01, Santa Teresa del Tuy, y titular de la Cédula de Identidad N0. V-16.526.472 y su REVOCATORIA y SUSTITUCIÓN por la MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE LIBERTAD, previstas en el Artículo 256 Ordinales: 3°, 4° y 8° del Código Orgánico Procesal Penal, con vista y apreciación de las circunstancias y vicisitudes relacionadas con el hecho imputado en la acusación fiscal.

SEGUNDO: Se acuerda igualmente, imponer al acusado las obligaciones inherentes a cada acusado, a lo cual deberá obligarse en acta firmada por ante el Tribunal, por ser ellas obligaciones inherentes a todo imputado y las cuales consisten en lo siguiente: 1.- A no ausentarse de la jurisdicción del Tribunal o de la que este le fije. 2.- A presentarse periódicamente cada ocho (8) días por ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal hasta tanto se lleve a efectuar el Juicio Oral y Publico en la presente Causa, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos: 243, 244, 247, 256, 257, 258, 260, 261, 262, 263, y 264 del Código Orgánico Procesal Penal.

TERCERO: Se declara Con LUGAR LA SOLICITUD DE REVOCATORIA o SUSTITUCIÓN DE LA MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, hecha por la Defensor Privado del acusado: REINER CORORMOTO BECERRA BERNARD, venezolano, mayor de edad, nacido el día 11 de Septiembre 1980, de 23 años de edad, domiciliado en la Urbanización Gran Mariscal de ayacucho, Sector 01, Vereda 03, Casa N° 01, Santa Teresa del Tuy, y titular de la Cédula de Identidad N0. V-16.526.472.

Publíquese, regístrese y notifíquese lo conducente a las partes. Líbrese Boleta de traslado al acusado a los fines de imponerlo de la presente Decisión.

LA JUEZ PRIMERO DE JUICIO,



DRA. ARLENIS ESCALANTE GUERRA



EL SECRETARIO,


ABG. ARMANDO MENDOZA.