REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE JUICIO EXTENSIÓN VALLES DE TUY



Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal de primera Instancia en Funciones de Juicio N° 2°| del Circuito judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: otorgar la medida Cautelar Sustitutiva de liberta bajo la modalidad de Caución juratoria, al Acusado JOSE VICENTE ZAMBRANO Cédula de Identidad N° 12.414.461, prevista en el articulo 259 del Código Orgánico Procesal Penal, manteniendo las Medidas


Cautelares Sustitutivas de Libertad conforme a lo establecido en el artículo 256 ordinales 3°, 5° y 6° impuestas por este tribunal, en fecha 20 de octubre del 2003.

Regístrese, déjese copia, notifíquese a las partes, librese la correspondiente Boleta de Excarcelación, en al cuál se deje constancia de que el acusado deberá presentarse ante este Juzgado el día siguiente de su excarcelación. CUMPLASE.

LA JUEZ SEGUNDA DE JUICIO


DRA. NELIDA ACOSTA DE RINCON
LA SECRETARIA

ABG. GLORIA MORANTES




En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.
LA SECRETARIA

ABG. GLORIA MORANTES