REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE JUICIO EXTENSIÓN VALLES DE TUY

Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 2°| del Circuito judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: NEGAR la solicitud interpuesta por los Abogados defensores privados: José Rafael Peinado Farías y Yeniret Leonor Paredes, de la ciudadana AURIA JOSEFINA GARCIA CABRERA, Titular de la Cédula de Identidad No. V.- 14.019.724, en el sentido de otorgarle una medida cautelar menos gravosa. Manteniéndose en consecuencia la Medida de Privación Judicial Privativa Preventiva de Libertad, dictada contra la ciudadana Aira Josefina García Cabrera, por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control N°1 del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, de conformidad con lo establecido en el articulo 250 ordinales 1°, 2° y 3° en relación con el articulo 251 ordinales 2° y 3°, ambos del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, déjese copia, notifíquese a las partes. CUMPLASE.

LA JUEZ

DRA. NELIDA ACOSTA DE RINCON

LA SECRETARIA

ABG. MARIA ISABEL SUEIRO


En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.

LA SECRETARIA

ABG. MARIA ISABEL SUEIRO