REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
Los Teques; veinte (20) de octubre de dos mil tres (2.003).
193° y 144°
Vistas las actuaciones que anteceden, presentadas por JAIME LUIS VELAZCO GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No.4.116.965, este Tribunal sin perjuicios de los derechos de terceros, y en virtud de lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, declara TITULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, suficiente bastante para asegurar los derechos que tengan en la sucesión, al ciudadano JAIME LUIS VELAZCO, de la de-cujus MARIA CHIQUINQUIRÁ GONZALEZ DE VELAZCO, titular de la cedula de identidad No. 1.458.520, quien falleció ab-intestato en fecha 29/08/2003, según consta en el acta de defunción expedida por la Prefecta del Municipio Autónomo Guaicaipuro del estado Miranda, bajo el numero 698. Devuélvanse todo lo actuado incluyendo la solicitud la cual procede redactada por el abogado en ejercicio José Antonio Colmenares Cadenas, inscrito en el Inpreabogado bajo el No.27.498. Déjese constancia en el Libro Diario que lleva este Tribunal del presente año.
EL JUEZ,
HUMBERTO ANGRISANO SILVA
LA SECRETARIA,
ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.
LA SECRETARIA,
ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA
HJAS/icbc/fapa.
Exp. N° 39600