REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, veintisiete (27) de octubre de dos mil tres (2003).
193° y 144°

Visto el anterior libelo de reforma de demanda de acción reivindicatoria, presentado por la abogada ANGELINA MAZA ORTEGA inscrita en el Inpreabogado bajo en Nro. 24.898, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano LEONARDO CLARET AULAR, venezolano, mayor, titular de la cedula de identidad Nro. V-6.405.760, y por cuanto el mismo no es contrario al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley, se admite cuanto ha lugar en derecho. Désele entrada en el libro de causas. Emplácese a los demandados ciudadanos MANUEL RIVEIRO GIUSSEPPI Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 5.223.808 Y SUSANA LILIAM ELIZABETH NÚÑEZ DE RIVEIRO, Extranjera, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. E-81.659.436, para que comparezcan ante este Tribunal ubicado en la (Avenida Bermúdez, con calle Arismendi, frente al Seguro Social, Edificio Palacio de Justicia, Piso 1, Los Teques, Estado Miranda), dentro de los veinte (20) días de Despacho siguiente a la constancia en autos que de la última citación de los demandados se haga, mas un (1) día que se les concede como término de distancia, a dar contestación a la demanda y su reforma, en las horas de despacho comprendidas entre las 8:30 a.m., hasta la 1:30 p.m. Compúlsese el libelo de demanda y con su auto de comparecencia al pie, entréguese a la parte actora, a los fines de que gestiones la citación de los demandados a través de otro alguacil de la misma Circunscripción Judicial, de conformidad con lo establecido en el artículo 345 del Código de Procedimiento Civil, quien se encargará de la práctica de las citaciones.
EL JUEZ,

HUMBERTO ANGRISANO SILVA
LA SECRETARIA,

ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA.

En la misma fecha no se libró compulsa faltan fotostatos para proveer.
LA SECRETARIA,

ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA.


HJAS/Icbc/Jacqueline.
Exp. N° 03-23764.