REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
Los Teques, seis (06) de octubre de dos mil tres (2003).
193º y 144º
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, redactada por el abogado JACINTO J. CHURIÓN DALO, de este domicilio, inscrito en el INPREABOGADO con el No. 44.966, así como la Justificación promovida y evacuada en favor de los ciudadanos MAGALI CALDERA GONZÁLEZ, RUTH YELICET BARRETO CALDERA y HÉCTOR ELY BARRETO CALDERA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, y portadores de las cédulas de identidad Nros. V-5.121.702,V-14.583.201 y V-14.583.202 respectivamente por asuntos de herencia. Este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las mismas TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a favor de los solicitante, para asegurar los derechos que tenga en la Sucesión del ciudadano HÉCTOR RAFAEL BARRETO RIVAS, quien era de nacionalidad venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-4.348.356, (fallecido en fecha 29 de junio de 2003, en el Caserío Mendoza, Caucagua, Municipio Acevedo del Estado Miranda), en su carácter de causahabientes del prenombrado causante [ESPOSA E HIJOS], todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho. Devuélvanse originales las presentes actuaciones a los promoventes, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, previa constancia en el Libro Diario. De igual manera El Tribunal acuerda expedir por Secretaría seis (06) copias certificadas relativas a la presente solicitud en su totalidad, signada con el Nro. 03-S-39528. Para las certificaciones ordenadas se autoriza suficientemente a la ciudadana JACQUELINE GUERRERO, para que elabore los fotostatos y firme la certificación en cada una de sus páginas de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.
EL JUEZ,
HUMBERTO J. ANGRISANO SILVA.
LA SECRETARIA,
ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA.
En la misma fecha, se devuelven originales las presentes actuaciones a los promoventes conforme fuera ordenado.
LA SECRETARIA,
HJAS*ICBC*Jacqueline.
Expt. Nº 03-S-39528.