REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- Los Teques, 13 de octubre de dos mil tres (2003).-
193º y 144º
Vista la diligencia de fecha 23 de septiembre de 2003, suscrita por la abogada en ejercicio OTTILDE PORRAS COHEN, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana RAQUEL RODRIGUEZ OTERO, así como la solicitud en la misma contenida, este Tribunal acuerda de conformidad lo solicitado, en consecuencia ordena oficiar al Registrador Subalterno del Segundo Circuito del Municipio Sucre del Estado Miranda, a fin de hacer de su conocimiento el levantamiento de la medida de Prohibición de Enajenar y Gravar y que en virtud de ello debe levantarse la medida decretada por este Tribunal en fecha 27 de octubre de 2000, y participada según oficio signado con el Nº.0855-2494 de esa misma fecha, y que recayó sobre el siguiente bien inmueble: en el lote Etapa 3 de la parcela A-4, Segunda Etapa de la Urbanización Llano Alto, distinguida con la letra N° B-36, tiene una superficie de 138,30 M2, y esta comprendida dentro de los siguientes linderos NORTE: Calle B de la Urbanización Llano Alto, SUR: Calle “B” del Conjunto Carmel; ESTE: Parcela “B”-38 del conjunto Carmel, OESTE: parcela “B-34” del Conjunto Carmel y parcela B-27 del Conjunto. Y pertenecer a los ciudadano RAQUEL RODRIGUEZ OTERO Y JOSE ARTURO ALVAREZ RUIZ, según documento registrado por ante la misma oficina Subalterna de Registro en fecha 13 de diciembre de 1.994, anotado bajo el Nº 40, Tomo 29 del Protocolo Primero. Ofíciese lo conducente al Registrador Subalterno correspondiente y déjese constancia de lo actuado.-
EL JUEZ,

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO,

ABG. RICHARS MATA
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.-
EL SECRETARIO,

ABG. RICHARS MATA
VJGJ/nr
Exp. Nº. 10456
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- LOS TEQUES.-
Los Teques, 13 de octubre de 2003
193º y 144º
OFICIO Nº.0855-
CIUDADANO:
REGISTRADOR SUBALTERNO SEGUNDO DEL
MUNICIPIO GUAICAIPURO DEL ESTADO MIRANDA
SU DESPACHO.-
Tengo a bien dirigirme a Ud., en la oportunidad de hacer de su conocimiento que por ante este Tribunal cursa Expediente signado con el Nº.10456, contentivo del Juicio que por PARTICION DE BIENES sigue RAQUEL RODRIGUEZ OTERO contra JOSE ARTURO ALVAREZ RUIZ, que por auto de esta misma fecha, se suspendió la medida de prohibición de enajenar y gravar decretada por este Tribunal en fecha 27 de octubre de 2000, participada a esa Oficina según oficio Nº.0855-2494, de esa misma fecha la cual recayó sobre el siguiente bien inmueble: en el lote Etapa 3 de la parcela A-4, Segunda Etapa de la Urbanización Llano Alto, distinguida con la letra N° B-36, tiene una superficie de 138,30 M2, y esta comprendida dentro de los siguientes linderos NORTE: Calle B de la Urbanización Llano Alto, SUR: Calle “B” del Conjunto Carmel; ESTE: Parcela “B-38” del conjunto Carmel, OESTE: parcela “B-34” del Conjunto Carmel y parcela B-27 del Conjunto. Y pertenecer a los ciudadanos RAQUEL RODRIGUEZ OTERO Y JOSE ARTURO ALVAREZ RUIZ, según documento registrado por ante la misma oficina Subalterna de Registro en fecha 13 de diciembre de 1.994, anotado bajo el Nº 40, Tomo 29 del Protocolo Primero.
Participación que se le hace a los fines de que se sirva estampar la correspondiente nota marginal.-
EL JUEZ,

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
VJGJ/nr
Exp. Nº. 10456