REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- Los Teques, trece (13) de octubre de dos mil tres (2003).
192º y 144º
Vista la diligencia anterior de fecha 06 de octubre de 2003, estampada por la abogada MARIA ELENA FERNANDEZ, en su carácter de autos, mediante la cual consigna los fotostatos correspondientes, a los fines de que se libre la compulsa respectiva, este Tribunal acuerda librar la compulsa ordenada en el auto de admisión.
EL JUEZ,
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA.
VJGJ/Lisbeth
Exp. Nº. 13255
Abg. RICHARS MATA Secretario del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, CERTIFICA: Que las copias que anteceden son traslado fiel y exacto de su original que corre inserto en el Expediente signado bajo el Nº 13255, contentivo del juicio que por RESOLUCION DE CONTRATO, sigue INSTITUTO DE VIVIENDA Y EQUIPAMIENTOS DE BARRIOS DEL ESTADO MIRANDA (IVI MIRANDA), contra Sociedad Mercantil OFFI PROYECTOS Y OBRAS C.A. Los cuales fueron autorizados por el Juez de este Tribunal, por auto expresado que se inserta en las presentes actuaciones, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y el artículo 1º de la Ley de Sellos. Los Teques, trece (13) de octubre del dos mil tres.-
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA.
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, trece (13) de octubre del dos mil tres.
193º y 144º
SE HACE SABER: A la Sociedad Mercantil OFFI PROYECTOS Y OBRAS, C.A., en la persona de su Director ciudadano ALEXANDER HERRERA venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.589.610 parte demandada el juicio de RESOLUCION DE CONTRATO sigue INSTITUTO DE VIVIENDA Y EQUIPAMIENTOS DE BARRIOS DEL ESTADO MIRANDA (IVI MIRANDA) que deberá comparecer ante este Tribunal dentro de los veinte (20) días de Despacho, más un (1) día de término de distancia siguientes a su citación conste en autos, a dar contestación a la demanda a que se refiere el libelo anterior.-
EL JUEZ,
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES.
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA.
VJGJ/lisbeth
Exp Nº 13255