REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- Los Teques, diecisiete (17) de octubre del dos mil tres (2003).-
193º y 144º
Vista la diligencia de fecha 08 de octubre del año en curso, suscrita por la ciudadana MARIA DOLORES GRATEROL, asistido por la abogada en ejercicio JEANETTE MENCIAS, Inscrita en el Inpreabogado bajo N° 19.914, parte ejecutante, mediante la cual solicitó a este Juzgado se sirva oficiar a la ONIDEX, a fin de que informe a este Despacho, acerca del último movimiento migratorio y domicilio del ciudadano JULIO CESAR PATERNINA NUÑEZ, quien es venezolano, titular de la Cédula de identidad N° V-13.909.225, este Tribunal acuerda lo solicitado y ordena librar oficio a la ONIDEX, solicitando la información antes señalada. Líbrese oficio, Cúmplase.-
EL JUEZ.
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO,
Abg. RICHARS MATA
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.-
EL SECRETARIO,
Abg. RICHARS MATA.
VGJ/yza
Exp. No 12908.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- LOS TEQUES.-
Los Teques, 17 de octubre del 2003
193º y 144º
OFICIO NO. 0855-
CIUDADANO:
DIRECTOR DE LA ONIDEX
SU DESPACHO.-
Tengo a bien dirigirme a Usted., a fin de solicitar su valiosa colaboración en el sentido de que se sirva informar a este Despacho, acerca del último movimiento migratorio y domicilio del ciudadano JULIO CESAR PATERNINA NUÑEZ, quien es venezolano, titular de la Cédula de identidad N° V-13.909.225, parte demandada en el juicio que por COBRO DE BOLIVARES, es seguido por VELÁSQUEZ LORENZO JUAN JOSE DE JESÚS, por ante este Juzgado según expediente Nº 12908.
Solicitud que se le hace a los fines legales consiguientes.-
EL JUEZ.
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
VGJ/yza
Exp.No.12908