REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, veinte (20) de octubre de dos mil tres (2003)
193º y144º
Vista la diligencia de fecha 06 de octubre de 2003, suscrita por la abogada en ejercicio ROSALBA CHONG, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 35.785, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora y el pedimento en la misma contenida, el Tribunal acuerda de conformidad lo solicitado y en consecuencia ordena expedir boleta de notificación a la parte demandada ciudadano ESTRADA OLIVERO GUSTAVO EMILIO, a objeto de notificarle de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 25 de septiembre del 2003, notificación que hace de conformidad con el artículo 251 el Código de Procedimiento Civil. Asimismo se ordena comisionar al Juzgado del Municipio Autónomo Urdaneta del Estado Miranda, a los fines de que se sirva practicar la notificación respectiva. Líbrese boleta de notificación, comisión y oficio. Cúmplase.-
EL JUEZ,
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente
EL SECRETARIO,
VJGJ/yza
Exp. 12.275
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- LOS TEQUES.-
Los Teques, 20 de octubre de 2003
193º y 144º
BOLETA DE NOTIFICACION
SE HACE SABER:
Al ciudadano ESTRADA OLIVERO GUSTAVO EMILIO, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.5.885.574, que en el juicio que por ENTREGA MATERIAL, es seguido en su contra por FINOL GARCIA PABLO LUIS, el cual se sustancia en el Expediente signado con el Nº 12275, que este Tribunal en fecha 25 de septiembre 2003, dictó sentencia en el presente juicio. Así mismo se le hace saber que una vez conste en auto la notificación comenzará a computarse el lapso de ley a los efectos de ejercer el recurso a que hubiera lugar contra la mencionada decisión. Notificación que se le hace de conformidad con lo establecido en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil.-
EL JUEZ,
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
VJGJ/yza
EXP. N° 12275
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. LOS TEQUES.
192° Y 144°
Los Teques, 20 de octubre de 2003.
192° y 144°
OFICIO N° 0855-1772
CIUDADANO:
JUEZ DEL MUNICIPIO AUTÓNOMO URDANETA
DE LA CIRCUNCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO MIRANDA .
SU DESPACHO.-
Tengo a bien dirigirme a usted; a fin de remitirle anexo al presente oficio, comisión constante de dos folios útiles, que le ha sido conferida, a los fines de que se practique la notificación del ciudadano ESTRADA OLIVERO GUSTAVO EMILIO, parte demandada en el juicio que por ENTREGA MATERIAL sigue el ciudadano FINOL GARCIA PABLO LUIS, según expediente N° 12275. Estimándosele que una vez cumplida la misma se devuelva original con sus resultas.
Remisión que se le hace a los fines legales consiguientes.
EL JUEZ
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
VJGJ/yza
EXP. N°12275
ANEXO: lo indicado.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- LOS TEQUES.-
AL
JUZGADO DEL MUNICIPIO AUTÓNOMO URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADOMIRANDA.
HACE SABER:
Que en el Juicio que por ENTREGA MATERIAL sigue ante este Tribunal el ciudadano FINOL GARCIA PABLO LUIS contra el ciudadano ESTRADA OLIVERO GUSTAVO EMILIO que se sustancia en el Expediente No.12275, Ud., ha sido suficientemente comisionado para practicar la notificación a la parte demandada y a tal efecto se le remite la boleta de notificación librada.
Que ha sido comisionado en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, para la practica de la misma.-
Que se le faculta para sub-comisionar en caso necesario.-
Que la parte actora tiene como apoderados judiciales a los abogados en ejercicio CARLOS ACOSTA Y ROSALBA CHONG, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros.44.180 y 35.785, respectivamente.
Que la parte demandada no tiene apoderados judiciales debidamente constituidos.-
Que una vez cumplida la misma Ud., se servirá devolver la misma original con sus resultas.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en Los Teques a los veinte (20) días del mes de octubre de dos mil tres (2003). AÑOS: 193º de la Independencia y 144º de la Federación.-
EL JUEZ,
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO,
Abg. RICHARS MATA
VJGJ/yza
Exp. Nº.12275