REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, veintidós (22) de octubre de dos mil tres (2003).-
193° y 144°

De la revisión efectuada a las actas procesales se observa que no consta de autos la evacuación de la prueba de informes dirigida al Juzgado del Municipio Independencia de esta misma Circunscripción Judicial y sede y en virtud de que ha transcurrido un tiempo prudencial para su evacuación, es por lo que este Tribunal declara perecido el lapso de pruebas y vista igualmente la diligencia que antecede, suscrita por la abogada CARMEN SANCHEZ DE BOLIVAR, en su carácter de Apoderada Judicial de la parte actora, mediante la cual solicita a este Tribunal se sirva fijar el lapso de informes, este Tribunal acuerda de conformidad con lo solicitado. En consecuencia este Juzgado conforme a lo establecido en el artículo 511 del Código de Procedimiento Civil,fija el Décimo Quinto (15°) día de despacho siguiente al de hoy, para que las partes presenten sus Informes, a cualquier hora de las fijadas en la tablilla del Tribunal a que se refiere el artículo 192 eiusdem.-
EL JUEZ

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES

EL SECRETARIO

Abg. RICHARS MATA
VJGJ/RM/Jenny
Exp. Nº. 11532