REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. LOS TEQUES.
LA SOLICITANTE: MILAGROS MARISOL MENDOZA, venezolana, mayor de edad.
ABOGADA ASISTENTE: ALICIA VARGAS MARCANO, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 21.462
EXPEDIENTE Nº 12104
CAPITULO I
NARRATIVA
En fecha 6 de noviembre del 2001, se recibió por el sistema de distribución de causas, solicitud de Inserción de Partida de Nacimiento, presentada por la ciudadana MILAGROS MARISOL MENDOZA, venezolana, mayor de edad, debidamente asistida por la abogada en ejercicios ALICIA VARGAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 21.462, quien manifestó que su representada ciudadana MILAGROS MARISOL MENDOZA, nació el día 25 de mayo de 1980, en el Hospital General de Higuerote, estado Miranda, siendo hija de la ciudadana GABRIELA MIGUELINA MENDOZA DUARTE. Según se evidencia de la Tarjera de Nacimiento expedida por el Hospital General de Higuerote, constancias de no presentación de la Prefectura del Municipio Brión y del Registro Principal del Estado Miranda y se acompaña en dicha solicitud.
En fecha 27 de junio de 2002, este Tribunal mediante auto, remitió el expediente al Archivo Judicial por falta de impulso procesal.
En fecha 26 de febrero de 2003, compareció la ciudadana MILAGROS MARISOL MENDOZA, debidamente asistida de abogado, mediante diligencia solicitó se oficiara al Archivo Judicial, a los fines de la remisión del expediente.
En fecha 21 de mayo de 2003, mediante diligencia compareció la ciudadana MILAGROS MARISOL MENDOZA, debidamente asistida de abogado, consignó los recaudos respectivos.
En fecha 23 de mayo de 2003, mediante auto se recibió el expediente del Archivo Judicial, dándole entrada y cuenta al Juez. Asimismo se admitió dicha solicitud, ordenándose notificar a la Fiscal del Ministerio Público, a fin de que actuara en el procedimiento como parte de buena fe.
En fecha 22 de septiembre de 2003, mediante auto este Tribunal libró la boleta de notificación respectiva.
En fecha 23 de septiembre de 2003, fue notificada la Fiscal Undécima del Ministerio Público, según consta de la Boleta de notificación consignada por el alguacil de este Tribunal en fecha 25 de septiembre de 2003, y siendo la oportunidad para que la Fiscal del Ministerio Público, compareciera a ser oposición a la solicitud, ésta manifestó no tener objeción que formular.
CAPITULO II
MOTIVA
El Tribunal en virtud que con las pruebas aportadas a los autos, se encuentra suficientemente comprobada la solicitud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 768 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, declara procedente la solicitud de inserción de partida de nacimiento de la ciudadana MILAGROS MARISOL MENDOZA.
CAPITULO III
DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, éste Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el Artículo 768 y siguiente del Código de Procedimiento Civil, declara CON LUGAR la solicitud de Inserción de Partida de Nacimiento de la ciudadana MILAGROS MARISOL MENDOZA, quien nació en el Hospital General de Higuerote del Estado Miranda, en fecha 25 de mayo de 1980, hija de la ciudadana GABRIELA MIGUELINA MENDOZA DUARTE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.493.576. Igualmente se ordena al ciudadano Registrador Principal del Estado Miranda, tomar nota de la presente sentencia, todo de conformidad con el artículo 506 del Código de Civil, para lo cual se ordena librar los correspondientes oficios anexándosele copia certificada de la presente decisión a los despachos respectivos.
Expídanse por Secretaría las copias certificadas necesarias, y remítase junto con oficios a los despachos respectivos.
Déjese copia certificada de la presente decisión de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese y regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado segundo de primera instancia en lo civil, mercantil y del transito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, a los veintiún (21) días del mes de octubre de dos mil tres (2003).- Año 193° de la Independencia y 144° de la Federación.-
EL JUEZ,
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO,,
ABG. RICHARS MATA
En la misma fecha se publicó y registró la anterior sentencia previo anuncio de ley, siendo las 11:00 a.m.
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA
VJGJ/lisbeth
EXP. N° 12104
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