REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. LOS TEQUES, 22 de octubre de dos mil tres (2003).-
193º y 144º

Vistas las actuaciones que anteceden, especialmente del documento de propiedad debidamente protocolizado en la Oficina Subalterna del Registro del Municipio Autónomo Plaza del Estado Miranda - Guarenas, en fecha 24 de febrero de 1999, bajo el número 09 folios 50 al 53, Protocolo Primero. Tomo 20. Este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declaran dichas actuaciones TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor de la ciudadano JACINTA JOSEFINA CHARACO ABAD, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-6.394.815. Sobre la bienhechuría, cuyos linderos, medidas y demás determinaciones constan suficientemente en la solicitud que encabeza las presentes actuaciones. Se ordena la devolución de las presentes actuaciones a la parte solicitante, previa constancia en el Libro diario llevado por éste Tribunal.-
EL JUEZ,

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO,

ABG. RICHARS MATA
En la misma fecha se devuelve las presentes actuaciones.-
EL SECRETARIO,

ABG. RICHARS MATA
VJGJ/Ana*
SOLICITUD No. 19838