REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, veintidós (22) de octubre de dos mil tres (2003).-
193º y144º
Vista la diligencia de fecha 17 de octubre de 2003, estampada por el abogado GUALBERTO FRANCISCO CAMPOSANO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 8.766, el Tribunal acuerda de conformidad lo solicitado y en consecuencia ordena expedir boleta de notificación a la parte demandada ciudadana ENEIDA OROPEZA MORALES, a objeto de notificarle de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 10 de septiembre de 2003, notificación que hace de conformidad con el artículo 251 el Código de Procedimiento Civil. Líbrense boleta de notificación. Cúmplase.-
EL JUEZ,
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA
VJGJ/nr
Exp. 999052
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- LOS TEQUES.-
Los Teques, 22 de octubre de 2003
193º y 144º
BOLETA DE NOTIFICACION
SE HACE SABER:
A la ciudadana ENEIDA OROPEZA MORALES, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.10.282.696, en el juicio que por INTERDICTO DE DESPOJO sigue el ciudadano ROMAN AHUMADA MURCIA, el cual se sustancia en el Expediente signado con el Nº 999052, que este Tribunal en 10 de septiembre de 2003, dictó sentencia en el presente juicio. Así mismo se le hace saber que una vez conste en auto la notificación comenzará a computarse el lapso de ley a los efectos de ejercer el recurso a que hubiera lugar contra la mencionada decisión. Notificación que se le hace de conformidad con lo establecido en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil.-
EL JUEZ,
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
VJGJ/nr
EXP. N°999052