REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, veintitrés (23) de octubre de dos mil tres (2003).-
193º y 144º

Vista la diligencia que antecede, suscrita por el abogado OSCAR GONZALEZ BARRISO, en su carácter de Apoderado Judicial de la pare actora, mediante la cual solicita a este Despacho decrete la EJECUCION FORZOSA de la homologación dictada por este Juzgado en fecha 26 de junio de 2003, el Tribunal se pronuncia de la siguiente manera: PRIMERO: Que por auto de fecha 13 de octubre de 2003, que cursa al folio cuarenta y seis (46) del expediente, se le concedió a la parte demandada un lapso de cinco (05) días de despacho siguientes para que diera cumplimiento voluntario con la homologación antes mencionada. SEGUNDO: Del cómputo de los días de despacho, realizado por este Tribunal se evidencia que desde el día 13 de octubre de 2003, exclusive, hasta el día de hoy inclusive, han transcurrido por ante este Tribunal cinco (5) días de despacho. TERCERO: De las actas procesales, se evidencia que para la fecha de la solicitud efectuada por el citado abogado no había precluído el lapso de los cinco (5) días de despacho para el cumplimiento voluntario. En consecuencia, este Tribunal se abstiene de pronunciarse al respecto y así se decide.-
EL JUEZ


DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES

EL SECRETARIO

ABOG. RICHARS MATA

VJGJ/nr
EXP N° 13281