REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIPON JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, veintitrés (23) de octubre del dos mil tres.-
193º y 144º
Recibida la anterior demanda por el sistema de distribución de causas, correspondiéndole el conocimiento del mismo a este Juzgado, presentada por la abogada en ejercicio LIGIA JANNETH LOPEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 33.318, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana SONIA MARIA JESUS BRAVIO contra el ciudadano JOSE LUIS PONTE, por motivo del juicio de PARTICION DE COMUNIDAD CONCUBINARIA y por cuanto la misma no es contraria al orden publico, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, se ADMITE cuanto ha lugar en derecho. Désele entrada en el libro de causas bajo el Nº 14025, y agréguense a los autos los recaudos consignados. Emplácese a la parte demandada, ciudadano JOSE LUIS PONTE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.747.851, domiciliado en caracas, a objeto de que comparezcan ante este Tribunal dentro de los veinte (20) días de despacho siguientes a su citación, se practique y conste en autos, más un (1) día de término de distancia que se le concede, a dar contestación a la demanda. Compúlsese el libelo de demanda junto con auto de admisión y orden de comparecencia al pie y entréguese al Alguacil del Tribunal para que practique la citación respectiva. Certifíquense los fotostatos respectivos, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1° de la Ley de Sellos.- provéase lo conducente.-
EL JUEZ
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA
NOTA: En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anterior.
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA
VJGJ/lisbeth
EXP. N° 14025