REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, veintisiete (27) octubre de dos mil tres (2003).-
193° y 144°
Vista la diligencia de fecha 13 de los corrientes, suscrita por la abogada YAKELIN TABOADA, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 47.588, actuando en su carácter de apoderada judicial de la DEPOSITARIA JUDICIAL F.M, C.A, mediante la cual solicitó se declaren firmes las cuentas definitivas presentadas por ella en fecha 16-09-2003 y por cuanto observa que en fecha 27 de agosto del año en curso este Juzgado dicto auto mediante el cual negó lo solicitado, señalando a su vez que en el presente caso no es procedente el pedimento realizado por la mencionada abogada por cuanto se evidencia que la presente causa no se encuentra terminada por sentencia definitivamente firme, ni por cualquier otro medio de autocomposición procesal, este Tribunal por todo lo antes expuesto, se atiene al auto dictado en fecha 27-08-2003. Así resuelve.-
EL JUEZ

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO,

ABG. RICHARS MATA
VJGJ/yza
EXP. N° 11619