REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- Los Teques, veintisiete (27) de octubre de dos mil tres (2003).

193º Y 144º


Vista la diligencia que antecede suscrita por el abogado SANTOS SIMON ROBLES PEREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 6.236, en su carácter de Endosatario en Procuración, se acuerda de conformidad con lo solicitado. En consecuencia, por cuanto no se evidencia de autos que la parte demandada haya dado cumplimiento al convenimiento, el cual riela al folio siete (07) y vuelto, del presente expediente, este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 524 del Código de Procedimiento Civil, concede a la parte demandada cinco (05) días para que efectúe el cumplimiento voluntario.
EL JUEZ.

DR. VICTOR GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO.

ABG. RICHARS MATA

VGJ/ldb
EXP Nº 13.905.