REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. LOS TEQUES, veintisiete (27) de octubre de dos mil tres (2003).-
193º. y 144º.
Recibida la anterior demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO es seguida por SERRANO MORA CARMEN JANETH en contra de MORALES LEOBALDO ANTONIO Y RODRÍGUEZ ASTRINA YURAIMA, por el sistema de distribución de causas, correspondiéndole el conocimiento de la misma a este Juzgado, se le da entrada en los Libros respectivos bajo el No. 14023 y se ordena agregar a los autos los recaudos acompañados.- Y por cuanto la demanda intentada no es contraria a derecho, al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, SE ADMITE cuanto ha lugar en derecho y en consecuencia se ordena la citación de la parte demandada ciudadanos: MORALES LEOBALDO ANTONIO Y RODRÍGUEZ ASTRINA YURAIMA, ambos venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad No. V-6.842.499 y V-10.277.495, domiciliado en Carrizal, a fin de que dentro de los VEINTE (20) días de Despacho siguientes a la constancia en autos de haberse practicado la citación del último de los demandados, comparezca a dar contestación a la demanda incoada en su contra. Líbrese compulsa con su auto de comparecencia al pie y entréguense al Alguacil a los fines de las citaciones correspondientes. En cuanto a la medida solicitada el Tribunal proveerá por auto separado. Cúmplase.-
EL JUEZ
DR. VICTOR GONZALEZ JAIMES.
EL SECRETARIO
ABG. RICHARS MATA.
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior. En cuanto a las compulsas faltan fotostatos para proveer.
EL SECRETARIO
ABG. RICHARS MATA.
VGJ/yza
Exp Nº 14.023