REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, seis (06) de octubre de dos mil tres (2003).
192° y l43°
Vista la diligencia de fecha 30 de septiembre de 2.003, estampada por el abogado EDUARDO RODRÍGUEZ SELAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°. 73.558, en su carácter de apoderado de la parte actora, el Tribunal acuerda de conformidad lo solicitado en consecuencia ordena librar las compulsas ordenadas en el auto de admisión de fecha 17 de septiembre de 2.003. Líbrense compulsas.
EL JUEZ ,
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO.
ABOG. RICHARS MATA
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior por cuanto fueron consignados los fotostatos.
EL SECRETARIO.
ABOG RICHARS MATA.
VJGJ/ldb
EXP.N° 13911.
El Suscrito ABOG. RICHARS MATA, Secretario del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, CERTIFICA: Que las anteriores copias son traslado fiel y exacto de su original que corren insertas en el Expediente signado con el Nº.13911, contentivo del Juicio que por INTIMACION sigue ante este Tribunal la Sociedad Mercantil GRANJA AVÍCOLA LA PONDEROSA, C.A, contra la empresa DISTRIBUIDORA DE AVES MARIELA DEL VALLE, C.A, y los ciudadanos EDUARDO SÁNCHEZ Y MARIA YOLEIDA TOVAR, en su carácter de avalistas. Las cuales fueron autorizadas por el Juez de este Tribunal, por auto expreso que se inserta a las presentes actuaciones. Certificación que se expide de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y el artículo 1º de la Ley de Sellos. Los Teques, seis (6) de octubre de dos mil tres (2003). –
EL SECRETARIO
ABOG. RICHARS MATA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- Los Teques, seis (6) de octubre de dos mil tres (2003). -
192º y 143º
SE HACE SABER: A la empresa DISTRIBUIDORA DE AVES MARIELA DEL VALLE, C.A, en la persona de uno cualesquiera de sus Directores ciudadanos EDUARDO SÁNCHEZ y/o MAIRA YOLEIDA TOVAR, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 629.878 y 12.576.653, respectivamente, domiciliados en la siguiente dirección: Final Calle Guaicaipuro Oeste, Diagonal a Residencia La Cima, Calle Almenar 2, Los Teques, Estado Miranda, que deberá comparecer por ante este Tribunal dentro del plazo de diez (10) días de despacho siguientes a la intimación del último de los intimados, más un (1) día de término de distancia que se le concede, con la finalidad de que pague a la empresa GRANJA AVICOLA LA PONDEROSA, C.A, la cantidad detallada en la demanda, con la advertencia que de no comparecer en el lapso señalado a pagar las sumas intimadas o formular posición y al no poder hacerlo se procederá a la ejecución forzosa de la obligación y en caso de formular oposición se entenderá citada la parte para la contestación a la demanda la cual tendrá lugar dentro de los cinco (5) días de Despacho siguientes al vencimiento del lapso anterior.
EL JUEZ ,
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO
ABOG. RICHARS MATA
VJGJ/ldb
Exp. No.13911