REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, ocho (08) de octubre del dos mil tres (2.003).-
193° y 144°
Vista la diligencia suscrita por el abogado EXPOSITO CAMPANERA FRANCISCO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 68.038, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, mediante la cual consigno los fotostato del libelo de demanda y del auto de admisión para que previa certificación le sean entregadas las citaciones de los demandados de conformidad con lo dispuesto en el artículo 345 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con e 218 ejusdem, a los fines de practicar las citaciones a través del Alguacil del Municipio Independencia y Simón Bolívar, este Tribunal acuerda lo solicitado y ordena librar las compulsas respectivas y entregarlas a la parte interesada. Todo de conformidad con dispuesto en el artículo 345 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con e 218 ejusdem. Líbrense compulsas, entréguense a la parte interesada. Cúmplase.-
EL JUEZ
DR. VICTOR GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO.,
ABG. RICHARS MATA
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.
EL SECRETARIO
ABG. RICHARS MATA
VGJ/yza
Exp. 13391
El suscrito RICHARS MATA, Secretario del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, CERTIFICA: Que las copias que anteceden son traslado fiel y exacto de sus originales, las cuales cursan al expediente No.13391, seguido por la ciudadana: VILORIA GONZALEZ LISBETH DE JESÚS en contra de los ciudadanos ROJAS NOGUERA CESAR AUGSTO Y YOUNI BIDAN, las cuales fueron autorizadas por el Juez de este Tribunal por auto expreso que se inserta en las presentes actuaciones. Certificación que se hace de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo lo de la ley de sellos. Los Teques, ocho (08) días del mes de octubre dos mil tres (2.003).
EL SECRETARIO.,
ABG. RICHARS MATA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. LOS TEQUES, ocho (08) de octubre del dos mil tres (2.003).-
193º y 144º
SE HACE SABER: Al ciudadano: ROJAS NOGUERA CESAR AUGUSTO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 5.612.235, que deberá comparecer ante este Tribunal dentro de los Veinte (20) días de despacho siguiente a la constancia en autos de haberse practicado la citación de último de los demandados, más un (01) día de término de distancia que se le concede a los fines de que conteste la demanda incoada en su contra y a que se refiere el libelo anterior.-
EL JUEZ
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO ,
ABOG. RICHARS MATA
VJGJ/yza
EXP. N° 13391
El suscrito RICHARS MATA, Secretario del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, CERTIFICA: Que las copias que anteceden son traslado fiel y exacto de sus originales, las cuales cursan al expediente No.13391, seguido por la ciudadana: VILORIA GONZALEZ LISBETH DE JESÚS en contra de los ciudadanos ROJAS NOGUERA CESAR AUGSTO Y YOUNI BIDAN, las cuales fueron autorizadas por el Juez de este Tribunal por auto expreso que se inserta en las presentes actuaciones. Certificación que se hace de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo lo de la ley de sellos. Los Teques, ocho (08) días del mes de octubre dos mil tres (2.003).
EL SECRETARIO.,
ABG. RICHARS MATA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. LOS TEQUES, ocho (08) de octubre del dos mil tres (2.003).-
193º y 144º
SE HACE SABER: Al ciudadano: YOUNI BIDAN, sirio, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° E- 82.226.699, que deberá comparecer ante este Tribunal dentro de los Veinte (20) días de despacho siguiente a la constancia en autos de haberse practicado la citación de último de los demandados, más un (01) día de término de distancia que se le concede a los fines de que conteste la demanda incoada en su contra y a que se refiere el libelo anterior.-
EL JUEZ
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO ,
ABOG. RICHARS MATA
VJGJ/yza
EXP. N° 13391