REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DE TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, 08 de octubre del dos mil tres.

193º y 144º

Vista la anterior demanda y por cuanto la parte actora señaló el domicilio de la parte demandada, tal como se le ordenara en auto de fecha 25-09-2003. En consecuencia, por cuanto la misma no es contraria a derecho, al orden público, a las buenas costumbres, o a alguna disposición expresa de la Ley, SE ADMITE cuanto ha lugar en derecho. Emplácese a la parte demandada ciudadana: NARBY PRIMITIVA PALACIOS, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº10.276.363, para que comparezca por ante éste Tribunal dentro de los veinte (20) días de despacho siguientes a su citación, más un (1) día como término de distancia que se le concede y contados a partir de que conste en autos las resultas de tal actuación procesal; a cualquier hora de las fijadas en la tablilla del Tribunal para el despacho comprendidas entre las 8:30 a.m. hasta la 1:30 p.m., para que conteste la demanda de NULIDAD DE VENTA, incoada en su contra por el ciudadano: VICTOR JOSE CASTRO MACHADO. Compúlsese el libelo de demanda junto con su auto de admisión y orden de comparecencia al pie y entréguese al alguacil del Tribunal para que practique la citación respectiva.
Por cuanto se evidencia de la diligencia de fecha 06-10-2003, suscrita por la apoderada judicial de la parte demandante, que la parte demandada, tienen su domicilio en Las Adjuntas, Distrito Federal, se ordena comisionar al JUZGADO DEL MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS. Certifíquense los fotostatos respectivos, de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y artículo 1º de la Ley de Sellos.- LIBRENSE COMPULSAS
EL JUEZ

DR. VICTOR J. GONZALEZ JAIMES



EL SECRETARIO

ABG. RICHARS MATA

NOTA: en la misma fecha faltan los fotostatos para proveer

EL SECRETARIO
VJGJ/rosa*
Exp.No.13942