REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DE TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, 08 de octubre del dos mil tres.
193º y 144º
Vista la diligencia anterior, suscrita por la abogada YOLANDA JIMÉNEZ, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, mediante la cual solicita se le designe correo especial a los fines de trasladar el presente exhorto al Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Transito de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas; se acuerda de conformidad con lo solicitado. En consecuencia, por cuanto el presente exhorto se encuentra debidamente cumplido, se ordena devolver el mismo al Juzgado antes mencionado y se designa correo especial a la prenombrada profesional del derecho, a objeto de que haga entrega del mismo.- REMITASE JUNTO CON OFICIO
EL JUEZ
DR. VICTOR J. GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO
ABG. RICHARS MATA
NOTA: en la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado
EL SECRETARIO
VJGJ/rosa*
Exp.NºC-368
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DE TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
Los Teques, 08 de octubre de 2003
193º y 144º
Nº_______
CIUDADANO:
JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DE TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
SU DESPACHO
Me dirijo a usted, a fin de remitirle anexo al presente oficio y en original, expediente signado con el NºC-368, contentivo del EXHORTO, conferido a este Tribunal, en virtud del juicio de RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE COMPRA VENTA, que sigue la empresa MAGWILL INTERNACIONAL S.A., contra la ASOCIACIÓN CIVIL LOMAS DE MONTE CLARO, el cual se sustancia por ante ese Tribunal bajo el Nº6710 y al cual se le dio el debido cumplimiento.
Remisión que se le hace constante de 48 folios útiles y a los fines legales consiguientes.
EL JUEZ
DR. VICTOR J. GONZALEZ JAIMES
VJGJ/rosa*
Exp.NºC-368