REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL LOS TEQUES
Por todo lo antes expuesto este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control N° 03, del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda la INMEDIATA LIBERTAD del ciudadano Abexis Miguel Castillo Hernández, venezolano, mayor de edad, nacido en fecha 13-08-1973, titular de la cédula de identidad N° V-12.394.636; a tenor de lo dispuesto en el artículo 44 numeral 1° y artículo 49 numeral 2°, ambos de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en relación con los artículos 1, 8, 9, 12 y 19, todos del Código Orgánico Procesal Penal; en virtud de no encontrarse llenos los extremos establecidos en el artículo 250 ejusdem. En tal sentido, se ordena librar boleta de excarcelación. Quedaron notificadas las partes en la audiencia respectiva, de conformidad con el encabezado del artículo 175 Ejusdem.-
Regístrese, publíquese y déjese copia. Cúmplase
La Juez de Control N° 3
Dra. Rosa Elena Rael Mendoza
La Secretaria
Abg. Marzolayde Chacón
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado. Y así lo certifico
La Secretaria
Abg. Marzolayde Chacón
Act: N° 6C-24742/03
RER/MCH.