REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE CONTROL LOS TEQUES
DECRETA: PRIMERO: Considera este Juzgado que se encuentran llenos los extremos del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia lo procedente y ajustado a derecho es decretar Medida Cautelar Sustitutiva de Medida Cautelar Sustitutiva de conformidad a lo establecido en el artículo 256 ordinales 8° y 3° GEORGE FRANCO JONATHAN, Venezolano, mayor de edad, Títular de la Cédula de Identidad N°15.315.139, de 22 años de edad, residenciado en Avenida El Lago, torre 7, Piso 1, Apartamento 1-4, Urbanización Montaña Alta Carrizal, Estado Miranda. las cuales consisten en que dicho Ciudadano deberá presentar dos fiadores que acrediten hasta este tribunal la cantidad treinta (30) unidades tributarias entre los dos fiadores y luego se presentara ante el tribunal 2 en funciones de control cada 15 días. SEGUNDO: considera este juzgado que existen elementos que recabar en el presente procedimiento, en consecuencia, se ordena se sigan las investigaciones por el procedimiento ordinario a tenor de lo establecido en el último aparte de artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, se ordena en consecuencia remitir las presentes actuaciones en su oportunidad legal al Ministerio Público. TERCERO: Igualmente este tribunal deja constancia que este tribunal, tuvo a su vista 13 pitillos de envoltorio pequeños, contentivo en su interior de un polvo de color blanco de presunta droga y un (1) envoltorio de material de papel aluminio, tamaño pequeño, contentivo en su interior de restos de semillas de presunta droga, a los fines de dar cumplimiento a decisión de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia e igualmente se acuerda expedir las correspondientes Copias Certificadas solicitadas por el representante de la vindicta Pública. CUARTO: Líbrese la correspondiente Boleta de Encarcelación. QUINTO: Se ordena remitir las presentes actuaciones al Tribunal Segundo en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal y sede. Y ASI SE DECLARA.
LA JUEZ
NATTY MEDINA BARRIOS
LA SECRETARIA
ELIZABETH ATALLAH
Exp.24543-03