REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE CONTROL LOS TEQUES

DISPOSITIVA
Por todas las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Quinto de Primera Instancia en Funciones de control del Estado Miranda con sede en Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta: PRIMERO: Considera este Juzgado que no se encuentran llenos los extremos del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia lo procedente y ajustado a derecho es decretar la LIBERTAD PLENA del ciudadano GUARATE MIGUEL ANGEL Venezolano, mayor de edad, Títular de la Cédula de Identidad N°10.280.171, de 36 años de edad, residenciado en la entrada el Topo, bajando de la Cauchera La Vista, Casa S/N de Bloque, Carrizal, Estado Miranda, de profesión u oficio Ayudante de Camión, Empresas Roldan. SEGUNDO: Se declara SIN LUGAR la solicitud de violación al artículo 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en los términos anteriormente expuestos. TERCERO: considera este juzgado que existen elementos que recabar en el presente procedimiento, en consecuencia, se ordena se sigan las investigaciones por el procedimiento ordinario a tenor de lo establecido en el último aparte de artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, se ordena en consecuencia remitir las presentes actuaciones en su oportunidad legal al Ministerio Público. CUARTO: Igualmente este tribunal deja constancia que este tribunal, tuvo a su vista Tres (3) envoltorios de papel aluminio, contentivo en su interior una sustancia compacta de presunta droga, a los fines de dar cumplimiento a decisión de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia e igualmente se acuerda expedir las correspondientes Copias Certificadas solicitadas por el representante de la vindicta Pública. QUINTO: Líbrese la correspondiente Boleta de Excarcelación. Y ASI SE DECLARA.
LA JUEZ



NATTY MEDINA BARRIOS
NMB/gs.