REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL EXTENSIÓN BARLOVENTO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA
EXTENSION BARLOVENTO
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL
Guarenas 31 DE OCTUBRE del 2003
193° y 144°
Se procede a la revisión de la medida, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, en la causa 1C 17516 seguida contra el ciudadano ENRIQUE ABELARDO MONSALVE BENGOCHEA identificado en autos, por uno de los delitos Contra las personas, procedimiento asentado por la Fiscalia Octava del Ministerio Público a cargo de la Dra. ZAIR MUNDARAY corresponde la Defensa a la Dra. EMMA J. FERNANDEZ. Se inicio el procedimiento en vía jurisdiccional en fecha 31-07-03, constatada que la medida de coerción es proporcional a los tipos penales acusados. De la causa no se desprende circunstancia alguna que reemplace los elementos de convicción estimados por el juez de control al momento de decretar la privación judicial preventiva de libertad de conformidad a lo contempladas en el ley penal adjetiva, de forma que se sigue manteniendo la situación de excepción que origino la misma; En consecuencia este Juzgado mantiene la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad impuesta, de conformidad con los artículos 250, 264 Código Orgánico Procesal Penal, por considerar este Juzgado la necesidad de amparar la finalidad del proceso, con el aseguramiento del sujeto activo del delito, en virtud de la posible pena que pueda ser impuesta. Notifíquese. Cúmplase.-
LA JUEZ
DRA. ROXANA GOMEZ MARCANO
LA SECRETARIA
ABG. KARLA TORRES LARA.
1C 17516-03