REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL EXTENSIÓN BARLOVENTO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA
EXTENSION BARLOVENTO
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL
EN FUNCIONES DE CONTROL
Guarenas, 08 de Octubre de 2003
193°- 144°
Visto los documentos consignados por la Abg. Zoraida Rodríguez, en su carácter de defensora del imputado ZEA PÉREZ RICARDO TADEO, constantes de Constancias de Trabajo, de Residencias y de Buena Conducta de los ciudadanos Zea Pérez Kenhia Máyela, y Cándida Benavides, titulares de las cédulas de identidad Nros. 10.112.893. 3.483.812, respectivamente, verificados por vía telefónica las constancias de trabajo; Este Tribunal de Control No 1, con fundamento en el artículos 258 del Código Adjetivo Penal, NIEGA la solicitud por cuanto la ciudadana Zea Pérez Kenhia Máyela, es hermana del imputado de conformidad con las garantías Constitucionales y al momento de verificar los datos se constato que la misma labora desde Octubre y no desde Abril existiendo divergencia en los datos suministrados, como fue señalado en la constancia de Trabajo expedida, y en relación al fiador ciudadana Cándida Benavides, toda vez que el sueldo que percibe no cubre lo solicitado por el Tribunal por ser el mismo de bolívares Doscientos nueve mil ochenta 209.080, y los beneficios y bonificaciones arancelarias no forman parte del sueldo conforme a la Ley como costa en el documento expedido. Notifíquese. Cúmplase.
LA JUEZA DE CONTROL No 1,
DRA. ROXANA GOMEZ MARCANO
LA SECRETARIA,
Abg. KARLA TORREZ
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado
LA SECRETARIA,
Abg. KARLA TORREZ
Causa. 1C 17726-03