REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A. AREA PENAL EXTENSIÓN GUATÍRE

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA
EXTENSION BARLOVENTO, SECCION ADOLESCENTES
GUATIRE.
TRIBUNAL DE EJECUCION

Guatire, Siete (07) de Octubre del año dos mil Tres (2.003).
193º y 144º

CAUSA N º 1 E108-01

JOVEN: (Identidad Omitida Art. 545 de la L.O.P.N.A)


FISCAL 18º DEL MINISTERIO PÚBLICO OCTAVO, DR. OMAR JIMENEZ.

DEFENSOR: Dra. CAROLINA PARRA, DEFENSOR PÚBLICO DE ADOLESCENTES.

VICTIMAS: LEON RODRIGUIEZ, TORRES VANEZCA, ALEXIS CHACON, MARIN YELITZA, FLORES DE PEREZ.

DELITO: ROBO AGRAVADO y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO. (Art. 460 y 278 del Código Penal).


Vistas y analizadas como han sido las actas que conforman el presente expediente llevado al joven (Identidad Omitida Art. 545 de la L.O.P.N.A , el cual en fecha 27 de Febrero del año dos mil tres (2003) le fue sustituida la medida de privación de libertad , por las medidas de LIBERTAD ASISTIDA e IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTAS de acuerdo a lo previsto en el artículo 620 literales “D” y “B”, en concordancia con el 626 y 624 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, dichas sanciones deberían ser cumplidas de forma simultanea por un lapso de CINCO MESES y VEINTINUEVE (29) DIAS las mismas culminarían el DIA 16 de septiembre del 2003, a cuyo efecto observa este Juzgador:


Por cuanto ha transcurrido el lapso establecido para el cumplimiento de las medidas impuestas, recibido como ha sido el informe final del Centro Juan Pablo Sojo y de conformidad con lo establecido en el artículo 645 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescentes, este Tribunal ACUERDA DECRETAR EL CESE DE LAS MEDIDAS DE LIBERTAD ASISTIDA E IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA . ASÍ SE DECLARA.-

Por todo lo anteriormente expuesto este Juzgado de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento, Sección Adolescente, con sede en Guatire, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA el CESE DE LAS MEDIDAS DE LIBERTAD ASISTIDA E IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA prevista en los artículos 626 y 624 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, dictada al joven (Identidad Omitida Art. 545 de la L.O.P.N.A) y en consecuencia La LIBERTAD PLENA. Notifíquese a las partes. Cúmplase y remítase en su oportunidad al archivo Judicial.-

Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencia del Juzgado de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento, Sección Adolescente, con sede en Guatire, a los Siete (07) días del mes de Octubre del año dos mil tres (2.003). Año 193° de la Independencia y 144° de la Federación.
EL JUEZ DE EJECUCION


DR. ROGER ABEL USECHE ALVAREZ

LA SECRETARIA


DRA. YADIRA HENRIQUE

En ésta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.

LA SECRETARIA


DRA. YADIRA HENRIQUE

Act. 1E108-01