REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY
En consecuencia este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda - Valles del Tuy, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, Acuerda la aplicación del procedimiento ordinario de conformidad con lo establecido en artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal e impone la Medida Cautelar Sustitutiva al ciudadano RAFAEL VELASQUEZ ANGARITA, por la comisión de Hurto Calificado , sancionado en el ordinal 6° del artículo 455 del Código Penal, consistente en los ordinales 3° presentaciones cada Ocho (8) días,por ante la Oficina del alguacliazgo y ordinal 8° Consistente en la presentacion de dos (2) fiadores para el imputado RAFAEL VELASQUEZ ANGARITA que acrediten treinta (30) unidades tributarias cada uno en su conjunto son SESENTA (60) UNIDADES TRIBUTARIAS , todo de conformidad con el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal . Se ordena como centro de reclusión el Centro Penitenciario Metropolitano YARE II. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman. Se dá por concluido el acto a las 04:11 horas de la tarde.
El Juez de Control
Dr. CARLOS EDUARDO BOLIVAR FUNES
EL SECRETARIO
JOSE MORENO
CB/JM