REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY
Oída la exposición de las partes, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda – Extensión Valles del Tuy, con sede en Ocumare del Tuy, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Acoge la solicitud del Fiscal y de la defensa en cuanto a la prosecución del hecho por la via del procedimiento ordinario de conformidad con el Artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se decreta la medida cautelar sustitituva de libertad ordinal 3, 5 y 8 del artículo 256 del código Organico Procesal Penal como es la presentacion cada ocho (08)d ias por ante la Oficina de alguacilzago , Segundo la Prohibición de concurrir al lugar de los hechos y tercero presentación de dos personas que tengan una capacidad economica de cubrir cincuenta(50) unidades tributarias cada uno en su conjunto son CIEN (100) UNIDADES TRIBUTARIAS . Se ordena como Centro de Reclusión Yare II Se ordena librar boleta de encarcelación. Se cierra el acta siendo las 05:12 horas de la tarde . Las partes presentes quedan notificadas del presente pronunciamiento de conformidad con el articulo 175 del Código Orgánico Procesal Penal. Es todo, termino, se leyó y conformes firman las partes presente.
JUEZ PRIMERO DE CONTROL
DR. CARLOS BOLIVAR FUNES
SECRETARIO
ABG. JOSE MORENO