REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY

Este Tribunal SEGUNDO de Control, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley: PRIMERO : Por cuanto existen diligencias que practicar para el esclarecimiento de los hechos, considera procedente continuar la investigación por los tramites del procedimiento ordinario conforme a lo establecido en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal SEGUNDO : Por cuanto se encuentra evidenciado la comisión de un hecho punible con la puesta en evidencia ante este Tribunal de DOCE (12) envoltorios contentivos de un pasta compacta de color beige de presunta droga, presuntamente incautado al imputado , cuaya acción no se encuentra evidentemente prescrita, que hacen considerar a este Tribunal que están dados los supuestos del articulo 250 del Código Orgánico Procesal Penal , para decretar una medida privativa de libertad en contra del imputado JHON ENRIQUE SARMIENTO ABILES pero aplicando el principio de proporcionalidad, considera este Tribunal que puede ser razonablemente satisfecha la finalidad de dicha medida con la aplicación de una medida menos gravosa , como sería la establecida en los ordinales 3 y 8 del Artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, consistentes en la presentación cada 0cho (08) días por ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito judicial Penal Extensión Valles del Tuy Estado Miranda y la presentación de dos (02) a cuatro (04) fiadores que acrediten la cantidad de CINCUENTA(50) UNIDADES TRIBUTARIAS en su conjunto y se ordena mantener recluido al imputado en el Centro Penitenciario Región Yare II hasta tanto cumpla con los requisitos legales; por la presunta comisión de delito de DISTRIBUCION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. Asimismo quedan notificadas las partes conforme al artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal Se cierra la presente acta ala 05:22 horas de la tarde. Es todo, termino, se leyó y conformes firman las partes presente.
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL

DRA. ZINNIA BRICEÑO MONASTERIO