REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE JUICIO EXTENSIÓN VALLES DE TUY


Este Tribunal Segundo de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, en Función de Juicio, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA la solicitud de Libertad por Retardo Procesal interpuesta por el acusado BLANCO VERTIA JEAN CARLOS, titular de la cédula de identidad N°. V.-14.327.543, y en consecuencia ratifica las Medidas Cautelares Sustitutivas a la Privación de Libertad, establecidas en los artículos 256 ordinales 3°, 4°, 5 ° y 8°, de la Ley Adjetiva Penal, impuestas al mencionado acusado, en fecha 25-09-2003, en la forma que fueron establecidas previamente, a los fines de asegurar las resultas del proceso y búsqueda de la verdad.

Se ordena Librar las correspondientes boletas de notificaciones a las partes, y Boleta de Traslado para el día 16-10-03 a las 8:30 a.m., de conformidad con lo establecido en el artículo 179 del Código Orgánico Procesal Penal.
LA JUEZ SEGUNDO DE JUICIO,

Dra. NELIDA ACOSTA DE RINCON


EL SECRETARIO.

ABG. JOSE MORENO

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.

EL SECRETARIO

ABG. JOSE MORENO