REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE JUICIO EXTENSIÓN VALLES DE TUY


Por todos los razonamientos anteriormente expuestos , este Tribunal Segundo de Primera Instancia con Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta al ciudadano LUIS ANTONIO AGÜERO MORENO, titular de la Cédula de Identidad N° V-12.407.090, la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad Bajo la Modalidad de Caución Juratoria, de conformidad con lo establecido en el articulo 259 del Código Orgánico Procesal Penal, manteniendo las Medidas Cautelares Sustitutivas de Libertad, conforme lo establecido en el articulo 256 ordinales 3°, 4°, y 5° Ejusdem, impuestas al mencionado ciudadano en fecha 24-09-2003, en la forma en que fueron establecidas previamente, a los fines de asegurar las resultas del proceso y búsqueda de la verdad.

Regístrese, diaricese, notifíquese y librese el traslado del acusado para el día Martes 04 de noviembre de 2003, a las 8:30 de la mañana. CUMPLSE.

LA JUEZ

DRA. NELIDA ACOSTA DE RINCON

SECRETARIA:
ABG. GLORIA MORANTES LA SECRETARIA

ABG. GLORIA MORANTE


En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordena en el auto que antecede.