REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE JUICIO EXTENSIÓN VALLES DE TUY

Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA Mantener la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, impuesta al imputado ENEMESIO PALACIOS CAMPOS, INDOCUMENTADO, establecida en el ordinal 3° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, y le impone una CAUCIÓN JURATORIA, prevista en el artículo 259 en relación con el artículo 260 y 262 ejusdem.
Regístrese. Déjese copia autorizada. Notifíquese.

Líbrese las correspondientes boletas de notificación, y boleta de traslado para el día 09-10-2003.-

El Juez
NELIDA ACOSTA DE RINCON

El Secretario
JOSE MORENO