REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN EXTENSIÓN VALLES DE TUY

Por todo lo antes expuestos y tomando en cuenta los supuestos de los hechos y del derecho plasmado en base en el artículo 64 ordinal 1° y 65 de la Ley de Régimen Penitenciario este Juzgado Primero de Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Administrando Justicia en nombre de la Republica y por Autoridad que le confiere la Ley , ACUERDA: Al penado EDIXON JOSE VELASQUEZ ZAMBRANO, titular de la Cedula de Identidad N° 12.302.938, EL BENEFICIO DE REGIME ABIERTO, por cuanto se evidencia que el mismo ha cumplido mas de un tercio de la pena impuesta, así mismo este Tribunal ordena aplicar la extractividad de la ley, de conformidad con lo establecido en el articulo 553 del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud que los hechos ocurrieron con anterioridad a la reforma y aplicándose el principio de retroactividad de la ley, que es la aplicación del Código Orgánico Procesal Penal antes de la reforma, el cual favorece a los penados, ya que para otorgar los beneficios de Régimen Abierto o Destacamento de Trabajo , solamente se necesitaba Constancia de Trabajo y Estudios, Constancia de Conducta y el cumplimiento de un tercio de la pena, como requisitos exigidos, de conformidad con lo establecido en el articulo 24 segundo aparte de la Constitución de l a Republica Bolivariana de Venezuela.

En tal sentido se acuerda librar Boleta de Excarcelación a nombre del ciudadano EDIXON JOSE ZAMBRANO VELASQUEZ, a los fines de que el mismo sea impuesto del presente auto.

Particípese lo conducente al Fiscal Décimo con Competencia a Nivel Nacional en Materia de Ejecución del Ministerio Público de la Circunscripción del Estado Miranda, al Presidente del Consejo Nacional Electoral, Director de Prisiones del Ministerio de Justicia, Oficina de Sanciones Penales, al Centro Penitenciario Región Capital Yare I, Estado Miranda, a la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería (O.N.I.D.E.X.) y a la Defensa, a los fines legales consiguientes. Cúmplase.-
Líbrese Boletas de notificaciones y oficios correspondientes.
JUEZ PRIMERO DE EJECUCION

DR. VICTOR BUENO
EL SECRETARIO

ABG. NAIR RIOS