Republica bolivariana de Venezuela
En Su Nombre
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente
Circunscripción Judicial del Estado Miranda con Sede en Los Teques
Juez Profesional Nº 2
Los Teques, 03 de Octubre de 2003
193º y 144º
“Vistos”
Las actuaciones que anteceden, éste Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con Sede en Los Teques, evacuadas las testimoniales de los ciudadanos LÓPEZ GLADIS JOSEFINA, de 45 años de edad, venezolana titular de la cédula de identidad Nº 5.219.253, VAAMONDE NEGRIN JESÚS RAFAEL, de 24 años de edad, venezolano titular de la cédula de identidad Nº V-13.910.470, y PALMAR GONZÁLEZ DESIRRE CRIST, de 22 años de edad, venezolana titular de la cédula de identidad Nº 15.281.270. Los cuales manifestaron conocer al solicitante asegurando que es cierto todo lo expuesto en el libelo, sin perjuicios de terceros, de igual o mejor derecho, y en virtud de lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del De Cujus, JUAN CARLOS JAVIER SALAZAR TÁRIBA, quien fuere titular de la cédula de identidad N° V-9.221.402, quien deja a sus hijas la adolescente: MILDRED ANDREINA ALEGRIA SALAZAR GÓMEZ, de 13 años de edad y a los niños: GUILLERMO ALEJANDRO Y ANDREA VALENTINA DE LOS ANGELES SALAZAR RAMOS, de 04 Y 02 años de edad respectivamente. Devuélvase todo lo actuado, incluyendo la solicitud.
Déjese constancia en el Libro Diario llevado por ésta Sala de Juicio, así mismo, y por cuanto la presente causa alcanzó su fin natural, SE ORDENA el cierre del presente expediente, remitiéndolo al Archivo Judicial para su resguardo. Cúmplase.-
EL JUEZ
Dr. ROCCO OTELLO EL SECRETARIO
ABOG. NICOLÁS MORANTE
MOTIVO: DECLARACIÓN ÚNICOS Y UNIV. HEREDEROS
EXPEDIENTE Nº 2118
RO/NM/gigi.-
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