República Bolivariana de Venezuela
Poder Judicial

En Su Nombre
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente
Circunscripción Judicial del Estado Miranda con Sede en Los Teques
Juez Profesional Nº 2

Los Teques, 07 de Octubre del 2003
192º y 144º
“Vistas”

Las actuaciones que anteceden, ante éste Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con Sede en Los Teques, sin perjuicios de terceros, de igual o mejor derecho, y vistas las comparecencias de fecha 07 de Octubre del año 2003, de los ciudadanos ALEXIS ANTONIO MACHADO, titular de la cédula de identidad Nº V- 12.842.512, y FLORES DE LAYA CARMEN JULIA, titular de la cédula de identidad Nº V- 5.432.578, que bajo juramento dijeron conocer a la solicitante y al De Cujus TEODOCIO INGINIO COCHO en vida que igualmente conocen a sus hijos y le consta que el ciudadano, TEODOCIO INGINIO COCHO murió en el Hospital Universitario de Caracas del Distrito Capita, y en virtud de lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del De Cujus, TEODOCIO INGINIO COCHO, ex titular de la cédula de identidad N° V-8.291.885, a sus hijos: HAIDEE MARIA, JOSE INGINIO, ROSANGELA Y JOSE GIOVANNI COCHO BETANCOURT, Devuélvase todo lo actuado, incluyendo la solicitud dejando copias certificadas del mismo.
Déjese constancia en el Libro Diario llevado por ésta Sala de Juicio, así mismo, y por cuanto la presente causa alcanzó su fin natural, SE ORDENA el cierre del presente expediente, remitiéndolo al Archivo Judicial para su resguardo. Cúmplase.-
EL JUEZ


Dr. ROCCO OTELLO
EL SECRETARIO

Abg. NICOLAS MORANTE





MOTIVO: DECLARACIÓN ÚNICOS Y UNIV. HEREDEROS
EXPEDIENTE Nº 2156-03
RO/NM/ju.-