REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA DE JUIIO DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESATDO MIRANDA, EXTENSIÓN BARLOVENTO


GUATIRE, 15 de Octubre del 2.003
193º y 144º


Vista la solicitud que da inicio a las presentes actuaciones y la justificación promovida y evacuada al efecto, este Tribunal Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda Extensión Barlovento, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y con fundamento a lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presente actuaciones como TITULOS DE UNICOS y UNIVERASALES HEREDEROS, a favor de la ciudadana: BETTY ALEJANDRINA REGALADO GONZÁLEZ, titular de la Cédula de Identidad Números V- 6.841.023, así como del niño: WILFREDO ALEJANDRO RAMÍREZ REGALADO, quienes fuesen cónyuge e hijo, respectivamente del De Cujus ciudadano: WILFREDO COROMOTO RAMÍREZ, quien en vida fuese titular de la Cédula de Identidad Número V- 7.684.571. Devuélvanse los originales con sus resultas a la parte interesada, previa anotación en el libro diario de este Tribunal.-
LA JUEZ


DRA. AIDA ANTONIETA LEON DE OBADIA
LA SECRETARIA


ABG. JUDITH LOVERA PEDRON






EXP. N°: S-03/854
AALO/JLP/Jhoanna