REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques; doce (12) de septiembre de dos mil tres (2003).
193° y 144°
Visto el anterior libelo de demanda, presentado por la abogada NIEVES LOURDES GONZALEZ PEREZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 50.263, actuando en su carácter de apoderada judicial de la Sociedad Mercantil CORPORACIÓN BIORU, C.A., domicilia en Caracas e inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del distrito Federal y Estado Miranda, el 8 de diciembre de 1981, bajo el Nº 83, Tomo 94 A Sgdo., y por cuanto el mismo no es contrario al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley, se admite cuanto ha lugar en derecho. Désele entrada en el libro de causas. Emplácese a la demandada Sociedad Mercantil PROMOTORA LA FRAGUA, C.A., domiciliada en caracas, e inscrita en el registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, bajo el Nº 63, Tomo 145-A en fecha 7 de diciembre de 1977, debidamente representada por el ciudadano LUIS ZUBILLAGA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de Identidad Nº V-2.993.071, para que comparezca ante este tribunal ubicado en la (Avenida Bermúdez, con calle Arismendi, frente al Seguro Social, Edificio Palacio de Justicia, Piso 1, Los Teques, Estado Miranda), dentro de los veinte (20) días de Despacho siguiente a la constancia en autos que de la última citación de los demandados se haga, mas un (1) día que se les concede como término de distancia, a dar contestación a la demanda, en las horas de despacho comprendidas entre las 8:30 a.m., hasta la 1:30 p.m. Se ordena compulsar copia del libelo con certificación de su exactitud y junto con su orden de comparecencia al pie, se da comisión suficiente al Juzgado Distribuidor de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Líbrese compulsa y oficio.
EL JUEZ,


HUMBERTO ANGRISANO SILVA
LA SECRETARIA,

ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA
En la misma fecha no se libró compulsa faltan copias del libelo para proveer.
LA SECRETARIA,
HJAS/lci.
Exp. N° 03-23781