REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, ocho (08) de septiembre de dos mil tres (2003).
193° y 144°
Vista la anterior solicitud proveniente del Juzgado Distribuidor y los recaudos que la acompañan, procedente del Juzgado de Municipio del Municipio Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Barlovento, presentada por la ciudadana MARIA ANTONIETA SABATINO de CORONIL, titular de la cédula de identidad No. V-6.293.341, debidamente asistida por el abogado DANIEL CAMPOS, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 5009, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana MARIA ANTONIETA SABATINO de CORONIL, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de las cédula de identidad No. V-6.293.341, sobre las mejoras y bienhechurías sobre un terreno propiedad de la Municipalidad, situada en la Urbanización Raúl Leoni, Calle La Democracia de la Población de Mamporal Municipio Eulalia Buroz del Estado Miranda, cuyos linderos, medidas y demás determinaciones se encuentran suficientemente establecidas en autos. Devuélvanse originales las presentes actuaciones al promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual procede redactada por el abogado anteriormente identificado. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
EL JUEZ,
HUMBERTO J. ANGRISANO SILVA.
LA SECRETARIA,
ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA.
En la misma fecha se devuelven originales las presentes actuaciones al promovente, conforme lo ordenado anteriormente.-
LA SECRETARIA,
HJAS*Wdrr.S. No. 39471