REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, nueve (09) de septiembre de dos mil tres (2003).
193° y 144°
Vista la anterior solicitud proveniente del Juzgado Distribuidor y los recaudos que la acompañan, procedente de la Notaría Pública del Municipio Los Salias, San Antonio de los Altos Estado Miranda presentada por los ciudadanos MICHELL ALBERTO SAA LOPEZ y WENDY CAROLINA SAA LOPEZ, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-12.962.029 y V-14.021.754, debidamente asistida por la abogada MARISOL RIVERO ORTIZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 9.276, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de los ciudadanos MICHELL ALBERTO SAA LOPEZ y WENDY CAROLINA SAA LOPEZ, de nacionalidad venezolanos, mayor de edad, de este domicilio y titular de las cédula de identidad No. V-12.962.029 y V-14.021.754, sobre las mejoras y bienhechurías sobre un terreno propiedad de los ciudadanos HECTOR JOSE SAA GIRAL y NINOSKA LOPEZ D´LIMA, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-1.733.712 y V-3.728.192, respectivamente, situado en el antes Caserío ahora Sector El Amarillo Fundo lo Urbano, Parcelamiento “Los Moralitos” en jurisdicción del Municipio Los Salias Estado Miranda, cuyos linderos, medidas y demás determinaciones se encuentran suficientemente establecidas en autos. Devuélvanse originales las presentes actuaciones al promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual procede redactada por la abogada anteriormente identificada. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
EL JUEZ,
HUMBERTO J. ANGRISANO SILVA.
LA SECRETARIA,
ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA.
En la misma fecha se devuelven originales las presentes actuaciones al promovente, conforme lo ordenado anteriormente.-
LA SECRETARIA,
HJAS*Wdrr.S. No. 39452