REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. LOS TEQUES, once (11) de septiembre del año dos mil tres (2003)

Por recibida la presente demanda por el sistema de distribución de causas, tocándole a éste Tribunal conocer de la misma, se le da entrada en el libro respectivo bajo el N° 13898, nomenclatura de este Tribunal y por cuanto de la revisión de las actas se evidencia que el solicitante ciudadano ALIRIO ANTONIO QUEVEDO ORTEGANO, contrajo matrimonio por ante el Juzgado de los Municipios Machiques de Perija y Rosario de Perija de la Circunscripción del Estado Zulia, éste Tribunal DECLINA la Competencia del presente procedimiento por el territorio de conformidad con el artículo 60 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia se ordena la remisión del mismo a un Tribunal Distribuidor de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
EL JUEZ,


DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES

EL SECRETARIO,

ABG. RICHARS MATA

En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.
EL SECRETARIO,


ABG. RICHARS MATA

VJGJ/nr
EXP. N° 13898