REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES


JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. LOS TEQUES, veintitrés (23) de septiembre de dos mil tres (2003).
193º y 144º

Vista la anterior demanda de Tercería presentada por la abogada GLADIS ESPERANZA COLMENARES, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 27.435, actuando en su carácter apoderado judicial del ciudadano ALBERTO RAMON COLMENARES, y por cuanto la de demanda intentada no es contraria a derecho, al orden publico, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, SE ADMITE cuanto ha lugar en derecho, y en consecuencia se ordena el emplazamiento de la parte demandada EMPRESA CONSTRUCTORA DEL CONJUNTO RESIDENCIA TERRAZAS DEL ESTE, INVERSIONES MULTIVIVIENDA 103 C.A, en la persona de su representante legal JUAN GUILLERMO ALAMO ALAMO, titular de la Cédula de Identidad Nº 3.973.318 y a la empresa INMOBILIARIA EDIFICIO C.A, en la persona de su representante legal ROBERTO D¨ALESSANDRO , titular de la Cédula de Identidad Nº 3.183.694, respectivamente; a fin de que dentro de los VEINTE (20) días de Despacho, más un (1) día de termino de distancia que se le concede, siguientes a la constancia en autos de haberse practicado la citación del último de los demandados, para que comparezcan por ante este Tribunal a dar contestación a la demanda incoada en su contra. Líbrense las compulsas respectivas y entréguense al Alguacil del Tribunal a los fines de la citación. Cúmplase.-
EL JUEZ

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO,

ABOG. RICHARS MATA
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.


EL SECRETARIO,

ABG. RICHARS MATA.



VGJ/yza.
EXP Nº11652


El suscrito Secretario del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Los Teques, CERTIFICA: que los anteriores fotostatos son traslado fiel y exacto de sus originales, los cuales corren insertos en el Expediente signado con el No. 11652, contentivo del juicio que por VICIOS OCULTOS, sigue: TOVAR DIOMEDES, contra INVERSIONES MULTIVIVIENDA 103. C.A, los cuales fueron autorizados por el Juez de este Tribunal, por auto expreso que se inserta en las presentes actuaciones. Certificación que se expide de conformidad con lo establecido en los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y Artículo 1º de la Ley de Sellos. En Los Teques, a los veintitrés (23) de septiembre de dos mil tres (2003). 193º y 144º.
EL SECRETARIO,

ABOG. RICHARS MATA

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. LOS TEQUES, veintitrés (23) de septiembre de dos mil dos (2002). 193º y 144º
SE HACE SABER A: LA EMPRESA CONSTRUCTORA DEL CONJUNTO RESIDENCIAL TERRAZAS DEL ESTE, INVERSIONES MULTIVIVIENDA 103 C.A, en la persona de su representante legal JUAN GUILLERMO ALAMO ALAMO, titular de la cédula de identidad Nº 3.973.318, que deberá comparecer por ante este Tribunal, dentro de los VEINTE (20) días de Despacho, más un (1) día de termino de distancia que se le concede siguiente a la constancia en autos de la citación del último de los




demandados, a fin de que de contestación a la demanda incoada en su contra.
EL JUEZ,

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES

EL SECRETARIO,

ABOG. RICHARS MATA

VJGJ/yza
Exp Nº 11652





















El suscrito Secretario del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Los Teques, CERTIFICA: que los anteriores fotostatos son traslado fiel y exacto de sus originales, los cuales corren insertos en el Expediente signado con el No. 11652, contentivo del juicio que por VICIOS OCULTOS, sigue: TOVAR DIOMEDES, contra INVERSIONES MULTIVIVIENDA 103. C.A, los cuales fueron autorizados por el Juez de este Tribunal, por auto expreso que se inserta en las presentes actuaciones. Certificación que se expide de conformidad con lo establecido en los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y Artículo 1º de la Ley de Sellos. En Los Teques, a los veintitrés (23) de septiembre de dos mil tres (2003). 193º y 144º.
EL SECRETARIO,

ABOG. RICHARS MATA

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. LOS TEQUES, veintitrés (23) de septiembre de dos mil dos (2002). 193º y 144º
SE HACE SABER A: LA EMPRESA INMOBILIARIA EDIFICIO C.A, en la persona de su representante legal ROBERTO D¨ALESSANDRO, titular de la cédula de identidad Nº 3.183.694, que deberá comparecer por ante este Tribunal, dentro de los VEINTE (20) días de Despacho, más un (1) día de termino de distancia que se le concede siguiente a la constancia en auto de la







citación del último de los demandados, a fin de que de contestación a la demanda incoada en su contra.
EL JUEZ,

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES

EL SECRETARIO,

ABOG. RICHARS MATA

VJGJ/yza
Exp Nº 11652