REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES


El suscrito ABOG. RICHARS MATA, Secretario del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, CERTIFICA: Que las anteriores copias son traslado fiel y exacto de su original que corren insertas en el Expediente signado con el Nº 13461, contentivo del Juicio que por INTIMACION sigue ante este Tribunal DISTRIBUIDORA DE CARNES FERRICARNE C.A contra PECOS BILL C.A, solidariamente con el ciudadano JUAN LUIS TUFANO SONNO, en su carácter de fiador. Los cuales fueron autorizados por la Juez de este Tribunal, por auto expreso que se inserta a las presentes actuaciones. Certificación que se expide de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y el artículo 1º de la Ley de Sellos. Los Teques, veintinueve (29) de septiembre de dos mil tres (2003). -
EL SECRETARIO

ABOG. RICHARS MATA

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- Los Teques, veintinueve (29) de junio de dos mil tres (2003).

193º y 144º

SE HACE SABER: Al ciudadano JUAN LUIS TUFFANO SONNO, en su carácter de parte demandada, quien es venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° 4.360.190, y/o en la persona de su apoderado judicial abogado JOSE GREGORIO SAA MEJIAS, que deberá comparecer por ante este Tribunal dentro del plazo de diez (10) días de Despacho siguientes a su intimación, con la finalidad de que pague a DISTRIBUIDORA DE CARNES FERRICARNE C.A, la cantidad detallada en la demanda, con la advertencia que de no comparecer en el lapso señalado a pagar las sumas intimadas o formular posición y al no poder hacerlo se procederá a la ejecución forzosa de la obligación y en caso de formular oposición se entenderá citada loa parte par ala contestación a la demanda la cual tendrá lugar dentro de los cinco (5) días de Despacho siguientes al vencimiento del lapso anterior.
EL JUEZ ,

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO

ABOG. RICHARS MATA
VJGJ/yza
Exp. No.13461.



















JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, veintinueve (29) de septiembre de dos mil tres (2003).
192° y l43°

Por cuanto han sido consignados los fotostatos requeridos se acuerda librar la Compulsa de intimación, ordenada en el auto de fecha 17 de los corrientes. Líbrese compulsa. Cúmplase.-
EL JUEZ ,

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES

EL SECRETARIO


ABOG. RICHARS MATA

En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.
EL SECRETARIO,


ABOG RICHARS MATA




VJGJ/yza
EXP. N° 13461