REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES


JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, veintinueve (29) de septiembre del dos mil tres.
193° y 144°
Consignados como han sido los fotostatos, líbrese los oficios y las copias certificadas acordadas en la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 10 de septiembre de 2003.
EL JUEZ,
EL SECRETARIO,
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
ABG. RICHARS MATA.
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.
EL SECRETARIO,

ABG. RICHARS MATA.
VJGJ/LISBETH
Exp N° 13689













REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIANDA.
Los, Teques, 29 de septiembre del 2003
193º Y 144º
0855
CIUDADANO
REGISTRADOR PRINCIPAL DEL ESTADO MIRANDA.
SU DESPACHO.
Tengo a bien dirigirme a Ud., a fin de remitir anexo al presente oficio, copia certificada de la decisión dictada en éste Tribunal en fecha 10 de septiembre de 2003, donde se ordena la RECTIFICACION DE ACTA DE MATRIMONIO correspondiente a la ciudadana CAROLINA SARMIENTO, asentada bajo el Nº 36, folio 36, del año 2001, en los libros de Registro Civil de nacimiento, llevados por ante la Prefectura del Municipio Cristóbal Rojas.
Remisión que se le hace a los fines legales consiguientes y a objeto de que se sirvan dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 502 del Código Civil.-
EL JUEZ,

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES

VJGJ/lisbeth
Exp Nº 13689





REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIANDA.
Los, Teques, 29 de septiembre del 2003
193º Y 144º
0855
CIUDADANO
PREFECTO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO DEL ESTADO MIRANDA.
SU DESPACHO.
Tengo a bien dirigirme a Ud., a fin de remitir anexo al presente oficio, copia certificada de la decisión dictada en éste Tribunal en fecha 10 de septiembre de 2003, donde se ordena la RECTIFICACION DE ACTA DE MATRIMONIO correspondiente a la ciudadana CAROLINA SARMIENTO, asentada bajo el Nº 36, folio 36, del año 2001, en los libros de Registro Civil de nacimiento, llevados por ante ese Despacho.
Remisión que se le hace a los fines legales consiguientes y a objeto de que se sirvan dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 502 del Código Civil.-
EL JUEZ,

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES

VJGJ/lisbeth
Exp Nº 13689






El suscrito Secretario del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, CERTIFICA: Que las anteriores fotostatos son traslados fiel y exacto de sus originales, los cuales corren insertos en el expediente Nº 13689, contentivo de la solicitud de RECTIFICACION DE ACTA DE MATRIMONIO presentada por la ciudadana CAROLINA SARMIENTO. Los cuales fueron autorizados por el Juez de éste Tribunal, por auto expreso que se inserta en las presentes actuaciones. Certificación que se expide de conformidad con lo establecido en los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y el Artículo 1º de la Ley de Sellos.- Los Teques, veintinueve (29) de septiembre del año dos mil tres (2003).-

EL SECRETARIO,

ABG. RICHARS MATA